
Teniendo en cuenta el RD463/2020 de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma en todo el Estado procede adecuar el contenido del Plan de Contingencia de la Universidad de Salamanca, atendiendo a criterios más restrictivos en cuanto a asistencia a los centros de trabajo, en consonancia con el RD referido.
Todas las Facultades, Escuelas, Institutos y demás Centros permanecerán cerrados. No obstante, en cada Centro habrá diariamente, en el horario reducido de 9h a 14h, un oficial de servicios para facilitar el acceso en exclusiva al personal de la Universidad que, por cuestiones organizativas de teletrabajo, investigación o cualquier cuestión sobrevenida e inaplazable, lo necesite. En colegios mayores y residencias se establecerán, por los administradores y de manera singular, en función del número de residentes, los servicios mínimos que sean necesarios. Los administradores y los coordinadores de conserjerías de todos los centros, estarán disponibles desde sus domicilios, y en caso de necesidad deberán asistir presencialmente a sus centros de trabajo, al objeto de resolver cualquier incidencia sobrevenida que se pudiera producir.
El personal de secretaria de Decanatos y direcciones de Departamento establecerán, bajo las directrices que establezcan los Decanos y Directores los mecanismos adecuados de teletrabajo y comunicación telemática.
El personal del Servicio de Bibliotecas desarrollará, en la medida de lo posible y en su caso, sus funciones y tareas, en modalidad teletrabajo según el sistema de organización que establezca la Dirección del Servicio.
En este mismo sentido, se reitera así mismo y de nuevo la importancia de que cada responsable de Unidad organice y asegure, mediante sistemas de teletrabajo, el desarrollo de las funciones y tareas que sean imprescindible e inaplazables.
Quedan suspendidos hasta nuevo aviso los procesos selectivos de concursos-oposición de personal de administración y servicios que están desarrollándose.