
Solo se considerarán actividades esenciales a los efectos del desplazamiento al puesto de trabajo en la Universidad de Salamanca, en el marco del Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de marzo de 2020, tras consultar a la Subdelegación del Gobierno, las siguientes:
1. Actividades de apoyo al sistema sanitario: proyectos sobre COVID-19, FAB-LAB de Peñuelas, producción de gel hidroalcohólico en la Facultad de Farmacia, Colegio Fonseca, otras residencias universitarias que se pongan a disposición del sistema sanitario y equipos que colaboran con el hospital en estos momentos.
2. Colegios mayores que albergan estudiantes internacionales por causa de fuerza mayor.
3. Servicio de experimentación animal y actividades de investigación con seres vivos cuya continuidad se considere imprescindible.
4. Servicios mínimos de la Unidad Técnica de Infraestructuras y actividades imprescindibles de mantenimiento de las instalaciones y los equipamientos universitarios.
5. Actividades de investigación, transferencia y gestión que sean imprescindibles e inaplazables para evitar males mayores.
Los certificados de desplazamiento al centro de trabajo solo mantendrán su vigencia en los casos en los que se confirmen mediante mensaje enviado desde rector@usal.es. Cualquier nuevo certificado preciso, por razones excepcionales, tendrá que solicitarse a través del mismo cauce, justificando el carácter esencial del desplazamiento y previo informe favorable y motivado del responsable del centro, en estas condiciones de excepcionalidad estricta.
En Salamanca, a 29 de Marzo de 2020
Ricardo Rivero Ortega Rector de la Universidad de Salamanca